Igualdad y no discriminación hacia las mujeres

Encuentro de lo público con lo privado

Mirta Moragas Mereles (Coordinación de Mujeres del Paraguay - CMP)**

Palabras clave: covid-19, discriminación, división sexual del trabajo, mujeres, trabajo de cuidado

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La pandemia de la covid-19 puso una lupa sobre la división sexual del trabajo, mostrando que “quedarse en casa” no afecta a todas las personas por igual. Hizo que lo público y lo privado ya no estén en compartimentos estancos, sino que se fusionaran. Además, evidenció que al Estado paraguayo le falta mucho para ser un “Estado que sale al cuidado de la gente”* y, en especial, de las mujeres.

Balance de los 25 años

El balance coincide con el tiempo de existencia de la plataforma de acción de la IV Conferencia Internacional sobre la Mujer, realizada en Beijing en 1995[1]. Esa plataforma constituye un hito importante en el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres. Un cuarto de siglo después puede afirmarse que se han dado pasos, muchos de ellos en el aspecto formal e institucional, y están vigentes varios desafíos, sobre todo de vigencia efectiva de la igualdad de las mujeres.

Crecimiento del movimiento feminista

En Paraguay, es innegable el crecimiento del movimiento feminista. En 1996 se organizó lo que podría ser la primera marcha por el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer Trabajadora. Fue desde la plaza Julio César Franco en Asunción hasta el Mercado 4, eran muy pocas mujeres, no llegaban a ser diez con sus carteles con consignas. En aquella ocasión, cuentan que las vendedoras del mercado se reían de ellas y les decían: “Moõgui osẽ ko’ã tavyrai trópa” (“¿De dónde salieron estas locas?”). Desde ahí, poniendo como ejemplo solo el 8 de marzo, el movimiento hizo un recorrido que tuvo un hito importante en 2017 con diez mil personas, la mayoría jóvenes, en la marcha en Asunción y manifestaciones en Concepción, Ciudad del Este, Coronel Oviedo, Encarnación, Pilar y San Pedro[2]. Esta visibilidad, sin precedentes, tiene su contrapartida en la sofisticación de estrategias de los grupos antiderechos en Paraguay y en el mundo.

Violencia de género: de lo privado a lo público

Uno de los logros más importantes del movimiento feminista en Paraguay y en la región en estos últimos 25 años ha sido reubicar el tema de la violencia de género (violencia doméstica, violencia contra las mujeres) de la esfera de lo privado a la pública. En 2020, la necesidad de políticas públicas cada vez más integrales en el tema de violencia es algo evidente, pero antes no lo era. Durante décadas, el movimiento feminista tuvo que demostrar que se trataba de un tema legítimo que merecía la atención del Estado. Tuvo que desmantelar –y lo sigue haciendo– las creencias que avalaban las prácticas violentas. Además, fue necesario que desafíe toda la complicidad de un Estado patriarcal para instalar definitivamente el derecho a vivir una vida libre de violencia.

Como reflejo de esto, a nivel interamericano, uno de los instrumentos más importantes ha sido sin duda la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, más conocida como Convención de Belém do Pará. Esta reconoce la responsabilidad estatal con relación a la violencia hacia las mujeres, marcando un paradigma donde la violencia de género deja de ser un “asunto privado” de las mujeres, a ser un tema de derechos humanos. El Paraguay ratifica esta Convención por Ley N.º 605/1995.

Avances legislativos e institucionales significativos

Por impulso del movimiento de mujeres y feminista, se aprobaron la Ley N.º 1600/2000 contra la violencia doméstica[3] y la Ley N.º 5777/2016 “De Protección Integral a las Mujeres, contra Toda Forma de Violencia”, aunque esta última carente de la perspectiva de género[4].

Otro progreso importante tiene que ver con la consolidación institucional, aunque con limitaciones, que significó la elevación de la Secretaría de la Mujer al rango de Ministerio[5] en el 2012.

Asimismo, se aprueban importantes normativas para la igualdad de las mujeres: en el 2015, la Ley N.º 5407/2015 “Del Trabajo Doméstico”, que era uno de los últimos trabajos legalmente discriminados y que es ejercido mayoritariamente por mujeres. En ese mismo año también se aprueba la Ley N.º 5508/2015 de “Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna”.

Un avance con limitaciones aún se relaciona con la aprobación de cuotas para ampliar la participación política de las mujeres, lo que ha mostrado ser insuficiente para acelerar la igualdad efectiva de las mismas en la política[6]. Por esto, se ha progresado en la discusión sobre la paridad democrática gracias a una alianza diversa de mujeres políticas de todos los espectros políticos y organizaciones de mujeres. Esta discusión, sin embargo, no ha logrado permear en el Poder Legislativo, ya que el proyecto de ley de paridad fue vaciado de contenido y finalmente vetado totalmente por el Poder Ejecutivo[7].

Finalmente, se ha logrado la instalación del tema de las políticas de cuidados y se han dado pasos hacia una política que podría permitir lograr la modificación de la división sexual del trabajo[8].

Limitaciones en temas de sexualidad y reproducción

Los temas vinculados a sexualidad y reproducción han ganado en protagonismo, pero no han logrado permear en leyes y políticas públicas. Las iniciativas sobre despenalización del aborto y educación integral de la sexualidad, por nombrar algunas, han sido discutidas en el ámbito público sin que hasta el momento se registren mayores progresos. El único avance registrable en ese aspecto es la aprobación de las normas de atención humanizada posaborto en el año 2012[9].

“Ley mordaza” para el género en la educación

El género en el ámbito de la educación es uno de los más graves retrocesos. Este tema es clave para modificar estereotipos de género y dar cumplimiento al artículo 5 de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés). A partir del año 2017, con una resolución del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC)[10], se prohibió la perspectiva “y/o ideología” de género en la educación. Esta decisión, en la práctica, funciona como una especie de ley mordaza que impide que muchos temas sean abordados en el aula, incluso el de violencia basada en el género.

Avance del discurso antiderechos en el Estado

A estas decisiones en el ámbito educativo se sumaron otras que muestran el avance del discurso antiderechos[11] en el Estado: declaraciones de ciudades “provida” y “profamilia”[12], las declaraciones de las Cámaras de Diputados[13] y Senadores[14] como “provida” y la obstaculización de otros temas que ni siquiera tienen que ver con género, como el Acuerdo de Escazú[15] o el Pacto Migratorio[16].

Mirada interseccional desde el Estado: un desafío pendiente

Uno de los grandes desafíos pendientes es la profundización de la mirada interseccional sobre la igualdad de las mujeres desde el Estado paraguayo. Las mujeres en toda su diversidad siguen sin ser efectivamente incorporadas a las políticas públicas. Por ejemplo, hace poco la ministra de la Mujer, Nilda Romero, reconoció que su Ministerio no tiene contempladas a las mujeres trans[17].

El proyecto de Ley Contra Toda Forma de Discriminación, que podría ser una herramienta para la incorporación de la mirada interseccional, está pendiente de trámite en su segunda presentación desde el año 2015, luego de que fuera rechazado por escaso margen en el 2014[18].

De todas maneras, en estos 25 años han surgido y se han consolidado organizaciones de mujeres lesbianas, bisexuales, trans, indígenas, mujeres jóvenes, trabajadoras domésticas, trabajadoras sexuales, que han hecho mucho trabajo no solo de visibilización, sino también de exigibilidad al Estado.

Situación del derecho

La pandemia y la división sexual del trabajo. Aplanar la curva del cuidado[19]

Las medidas sanitarias implementadas incluyeron, entre otras cosas, la obligación de “quedarse en casa” y la suspensión de clases presenciales en todos los niveles. Este cambio permitió comprender mejor la implicancia de las tareas de cuidado y la división sexual del trabajo. Lecciones aprendidas de otras pandemias, como las de ébola o zika, muestran que los desequilibrios en la división sexual del trabajo tienden a agravarse en esos contextos[20]. Por tanto –señalan–, políticas aparentemente neutrales al género podrían no ser suficientes para mitigar los impactos hacia las mujeres[21]. La escasa prioridad a la incorporación de la perspectiva de género pudo verse en la ausencia del Ministerio de la Mujer en las mesas de decisión sobre las primeras medidas a ser tomadas, en el mes de marzo pasado[22]. Incluso, cuando una periodista consultó al ministro del Interior, Euclides Acevedo, sobre las medidas a ser tomadas en caso de violencia de género, este respondió con sorna que “las mujeres también les pegan a los hombres”[23].

De acuerdo con un informe del Banco Mundial, el empleo informal alcanza al 71% de las personas trabajadoras[24]. Asimismo, la tasa de ocupación laboral nacional en 2017 era de 80,12% para hombres y 53,61% para mujeres[25]. Las mujeres en América Latina[26] y en Paraguay[27] son quienes mayoritariamente tienen trabajos más precarizados o informales, por lo que las restricciones sanitarias pusieron a muchas de ellas en situación de mayor vulnerabilidad.

En Paraguay, el trabajo de cuidado ha estado históricamente en manos de las mujeres. Antes de la pandemia, el promedio de horas semanales dedicadas al trabajo de cuidado era de 12,98 para las mujeres y 7,51 para los hombres[28]. Por otra parte, el promedio de horas semanales dedicadas al trabajo no remunerado con presencia de niños, niñas y adolescentes en el hogar es de 35,10 para las mujeres y 14,90 para los hombres[29]. Las clases en modalidad virtual o a distancia trasladaron la responsabilidad del cumplimiento de actividades escolares en las familias y, mayoritariamente, en las mujeres. Muchas han tenido que reorganizar sus rutinas laborales por el trabajo a distancia y, en paralelo, ocuparse de la administración de tareas escolares. Considerando que todavía es incierta la situación en lo que resta del año y en el 2021[30], muchas mujeres se ven –y verán– obligadas a replantear la organización del trabajo de cuidado, sin contar con un sistema de cuidados que pueda, desde el Estado, proporcionar soluciones a corto y mediano plazos.

Reestructuraciones en los servicios de salud afectaron desproporcionadamente a las mujeres

Los servicios de salud fueron reestructurados, redirigiéndolos a la atención de la covid-19, desatendiendo otros. Por ejemplo, el Hospital Nacional de Itauguá fue reorganizado para ser un hospital de contingencia[31]. Esto, entre otras cosas, impactó en la posibilidad de atender a enfermas de cáncer, tornándose dramática su situación. Al menos 140 pacientes oncológicas fueron afectadas por las modificaciones realizadas[32], varias de las cuales fallecieron[33]. El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social informó que el 60% de los pacientes oncológicos que dieron positivo en ese hospital son mujeres, de los cuales el 27% tiene cáncer de mama[34].

Ciertamente, las modificaciones en los servicios de salud eran necesarias e impostergables. Estos casos dan cuenta de que, en el ya frágil sistema de salud paraguayo, la reestructuración se realizó a expensas de otros servicios que afectaron a mujeres de maneras específicas. 

Criminalización de defensoras de derechos de niñas y mujeres[35]

El 2 de septiembre del corriente, dos niñas de 11 años fueron presuntamente ejecutadas extrajudicialmente en un operativo de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC)[36]. En ese contexto, el 5 del mismo mes, un grupo de personas autoconvocadas, principalmente activistas feministas, mujeres y defensores y defensoras de derechos humanos realizaron una protesta frente al Panteón Nacional de los Héroes[37]. En ese marco, una persona habría traspasado la valla del mismo, pintado un grafiti de protesta e intentado incendiar un adorno con los colores de la bandera paraguaya[38]. Una mujer, Paloma Chaparro, fue imputada y procesada por varios hechos punibles[39]. Adicionalmente, otras dos personas están con orden de captura por los mismos hechos[40].

Pudo identificarse un patrón sistemático de persecución contra las demás personas que se manifestaban legítima y pacíficamente. Al menos otras tres personas han sido identificadas y llamadas a audiencia indagatoria, paso previo a la imputación por violación de la cuarentena[41]. Es alarmante que la Fiscalía sostenga que las manifestaciones públicas están prohibidas por las medidas sanitarias, lo que no solo no se ajusta a la verdad, sino que constituye una violación del derecho humano a la libertad de expresión y manifestación. El acta de imputación de Elizabeth Escobar Flores señala que “[las procesadas] estuvieron apostadas en la Calle Palma esq. Chile, Barrio Catedral de la Ciudad de Asunción, realizando actos de manifestación y protesta, actos que se encuentran vedados conforme a la recomendación del Ministerio de Salud y el decreto presidencial emitido al respecto[42]

Luego de la imputación y el procesamiento de estas tres personas, el Ministerio Público ha realizado un llamado público para que la ciudadanía brinde información que permita la identificación de las demás participantes de los hechos, con el objetivo de procesarlas por la violación de las medidas sanitarias[43]. El Estado paraguayo, a través de la Fiscalía General del Estado, está criminalizando selectivamente la protesta social. Una manifestación pacífica (que tuvo un episodio de daños materiales, pero ningún hecho de violencia contra ninguna persona) fue objeto de una investigación exhaustiva, pidiendo la colaboración de la gente en un verdadero modelo de delación ciudadana, tan propio de la dictadura paraguaya. En contrapartida, luego de la boda de la hija del expresidente de la República Horacio Cartes en el mes de agosto, de la cual participaron casi 150 personas, no se abrió ninguna carpeta fiscal hasta que el propio protagonista del evento pidió ser procesado[44]. La Fiscalía le aplicó un criterio de oportunidad. Posteriormente a la manifestación frente al Panteón, el 11 de septiembre, la Asociación Nacional Republicana (ANR, Partido Colorado) realizó un acto con varias docenas de personas luego de que una senadora dio positivo a la covid-19[45]. En esta ocasión, al momento de cierre de este informe, no fue abierta una carpeta de investigación fiscal. Esta aplicación tan dispar de la norma penal y los antecedentes de persecución de la lucha social en el Paraguay[46], son la base para afirmar que persiste un patrón de manipulación de la norma penal para reprimir la protesta social y perseguir a defensores y defensoras de derechos humanos.

Un Estado que reprime a las mujeres que se manifiestan por derechos no solamente manda un mensaje general a la población, sino que en parte les recuerda a las mujeres que el espacio público no es el espacio que deberían ocupar. Así, la represión a las mujeres que protestan no es únicamente un acto de arbitrariedad, sino también un acto de disciplinamiento[47].

Paraguay ya fue observado por diversos órganos de tratados de la Organización de las Naciones Unidas y por el Consejo de Derechos Humanos durante el Examen Periódico Universal (EPU) sobre la protección a defensores y defensoras de derechos humanos[48]. El Comité de Derechos Humanos, en sus observaciones finales al Paraguay en el año 2019, expresó su preocupación “por los ataques, represalias y agresiones” contra las y los defensores de derechos humanos[49] y recomendó “evitar cualquier práctica de vigilancia” contra las y los defensores[50]. Con relación a las mujeres defensoras de derechos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) manifestó:

su preocupación por los actos de intimidación y hostigamiento contra las defensoras de los derechos humanos, así como contra los maestros, periodistas, abogados y miembros de organizaciones no gubernamentales que se ocupan de los derechos de la mujer, la igualdad de género, la violencia contra la mujer y la violencia sexual[51].

La represión contra las defensoras de derechos humanos de las niñas y mujeres obstaculiza su trabajo y genera miedo e inseguridad entre quienes se manifiestan legítimamente contra las violaciones de los derechos humanos.

Violencia hacia defensora indígena

En el mes de octubre, Bernarda Pesoa, líder indígena qom, fue agredida físicamente por un grupo de personas luego de que ella se opusiera a la plantación de eucaliptos en la comunidad[52]. Esta plantación era parte de un acuerdo entre una fundación privada con la comunidad, proyecto al cual Bernarda se oponía[53]. Este tipo de agresiones es otra muestra de los peligros a los que se enfrentan las defensoras de derechos humanos y la forma todavía patriarcal de resolver conflictos, que es a través de la violencia.

Paraguay presentó informe de seguimiento al Comité CEDAW

En el 2017, Paraguay fue evaluado por el Comité CEDAW. En sus observaciones finales[54], el Comité solicitó al Estado presentar un informe de seguimiento sobre algunas recomendaciones específicas[55]. Estas eran: derogar la Resolución N.º 29664/2017 que prohibía materiales sobre “teoría y/o ideología de género”; dar prioridad al mandato del Ministerio de la Mujer; implementar el mecanismo interinstitucional establecido en la Ley de Trata y acelerar la penalización del trabajo infantil doméstico no remunerado. El Estado presentó su informe[56] con unos meses de demora. Con relación a la derogación de la Resolución N.º 29664, informó que había aprobado el Plan Nacional de Igualdad, pero no hizo referencia a la derogación de esa norma. En el informe[57] de la relatora del Comité, encargada de la revisión del reporte del Estado, se señala que la gran mayoría de estas recomendaciones fueron cumplidas parcialmente y recomienda que el Estado vuelva a reportar sobre estos puntos en su próximo informe al Comité.

Conclusiones

La pandemia de la covid-19 visibilizó aún más las implicancias de la división sexual del trabajo. Por una parte, el “quedarse en casa” puso sobre los hombros de las mujeres una carga desproporcionada de cuidado, sin que hasta el momento el Estado haya planteado soluciones eficientes a corto y mediano plazos. Se encontraron, por lo tanto, los ámbitos público y privado.

A su vez, en otro capítulo más de la represión de la protesta social, mujeres defensoras de derechos de niñas y mujeres fueron criminalizadas por el Estado y agredidas en sus comunidades.

Finalmente, el contexto de la emergencia sanitaria enfrentó a la sociedad a la interrogante de si tenemos lo que Rita Segato llama “un Estado que sale al cuidado de la gente”. Las evidencias apuntan a que estamos lejos de eso.

Recomendaciones

Varias de las recomendaciones formuladas en ediciones anteriores[58] persisten por su falta de cumplimiento, por lo que se reiteran a continuación.

  • Garantizar la vigencia de políticas de género y remover los obstáculos para el acceso y goce de los derechos de las mujeres.
  • Garantizar el presupuesto adecuado a los mecanismos institucionales de género, en todos los poderes del Estado.
  • Asegurar la vigencia del Estado laico y evitar toda injerencia fundamentalista en las políticas públicas.
  • Derogar, de manera inmediata, las resoluciones prohibitivas y restrictivas del MEC sobre el enfoque de género en el sistema educativo.
  • Asegurar la vigencia de la educación sexual integral en el sistema educativo.
  • Formular e implementar una política nacional de cuidados.
  • Aprobar el proyecto de Ley Contra Toda Forma de Discriminación.
  • Aprobar una Ley de Paridad Democrática.

[*] “¿Qué es? ¿Un Estado materno? ¿Un Estado que sale al cuidado de la gente?”, se pregunta Rita Segato en una entrevista sobre el contexto de la pandemia. “Entrevista a la antropóloga Rita Segato en Brotes Verdes” [Archivo de video], C5N [@C5N], 31 de marzo de 2020, https://www.youtube.com/watch?v=L5JjUAW82is&feature=youtu.be.

[**] La autora agradece a Clyde Soto, Lania Rojas, Natalia Ferreira y Rosa Posa Guinea por sus aportes para este artículo.

[1] Declaración y plataforma de acción de Beijing, https://beijing20.unwomen.org/~/media/headquarters/attachments/sections/csw/bpa_s_final_web.pdf.

[2] “Y tembló nomás de alegría la tierra al caer la tarde…”, Informativo Mujer – Centro de Documentación y Estudios (CDE), 21 de marzo de 2017, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.cde.org.py/8m/tag/8m/.

[3] Esta ley es producto de una iniciativa de la Coordinación de Mujeres del Paraguay (CMP) y resultado de varios foros de discusión que se realizaron desde el año 1998.

[4] Myrian González Vera, Mirta Moragas Mereles, Rosa Posa Guinea, “La igualdad de género en el Estado paraguayo: los peligros ante las oleadas anti-derechos”, en Derechos Humanos en Paraguay 2017 (Asunción: Codehupy, 2017), 633.

[5] Ley N.º 4675/2012.

[6] Para un análisis en profundidad, ver el artículo sobre participación política de las mujeres en el capítulo de derechos políticos.

[7] Ibíd.

[8] “Aunque parezca natural, la división de las tareas productivas (trabajo) y reproductivas (cuidado) de la sociedad tiene un origen histórico. La historia y la sociología han denominado este proceso de división y distribución del trabajo como ‘división sexual del trabajo’, ‘división del trabajo en base al sexo’ o ‘división genérica del trabajo’”. CEPAL, “Las mujeres cuidan y proveen”, en Boletín 2, abril de 2011, https://www.cepal.org/cgi-bin/getprod.asp?xml=/mujer/noticias/paginas/6/43266/P43266.xml&xsl=/mujer.

[9] Resolución N.º 46/2012, MSPyBS.

[10] Resolución N.º 29664/2017.

[11] Se denominan grupos antiderechos aquellos grupos de presión organizados para obstaculizar y/o retroceder en derechos vinculados a la sexualidad y al género principalmente, aunque también se oponen, en general, al avance de los derechos humanos.

[12] Mirta Moragas Mereles y María M. Pereira, “Fe privada, cuentas públicas”, en Derechos Humanos en Paraguay 2018 (Asunción: Codehupy, 2018), 409.

[13] Mirta Moragas Mereles y María M. Pereira, “Cuando el discurso de odio legitima la violencia en democracia”, en Derechos Humanos en Paraguay 2019 (Asunción: Codehupy, 2019), 430.

[14] Ibíd.

[15] “Abdo retiró proyecto de acuerdo ambiental tras crítica del arzobispo Valenzuela”, Ñanduti Diario Digital, 2 de diciembre de 2019, acceso el 10 de octubre de 2020, http://www.nanduti.com.py/2019/12/02/paraguay-revisara-acuerdo-ambiental-latinoamericano-tras-critica-arzobispo/.

[16] “Grupos provida piden que Paraguay no firme Pacto de Migración, por temor a ideología de género”, Última Hora, 6 de diciembre de 2019, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.ultimahora.com/grupos-provida-piden-que-paraguay-no-firme-pacto-migracion-temor-ideologia-genero-n2783667.html.

[17] “Una comunidad que incomoda a un Estado indiferente” [Archivo de video], Latitud 25 [@EnLatitud25], 17 de septiembre de 2020, https://youtu.be/emdoix64UYs.

[18] “Ficha Técnica del Expediente”, SilPy – Sistema de Información Legislativa, acceso el 20 de octubre de 2020, http://silpy.congreso.gov.py/expediente/106146.

[19] El subtítulo se basa en el artículo de Patricio Dobrée: “Aplanemos también la curva de los cuidados”, Informativo Mujer (CDE) – Especial COVID-19, 31 de marzo de 2020, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.cde.org.py/tiempodecoronavirus/2020/03/31/aplanemos-tambien-la-curva-de-los-cuidados/#_ftn1.

[20] Helen Lewis, “The Coronavirus Is a Disaster for Feminism”, The Atlantic, 19 de marzo de 2020, acceso el 21 de octubre de 2020, https://www.theatlantic.com/international/archive/2020/03/feminism-womens-rights-coronavirus-covid19/608302/.

[21] Ibíd.

[22] En las primeras mesas de acuerdo no participó el Ministerio de la Mujer ni se dio a conocer ninguna medida con perspectiva de género. Ver, por ejemplo, esta noticia con una foto donde aparecen solamente hombres representantes de todos los poderes del Estado: “El Gobierno paraguayo toma medidas más drásticas para mitigar circulación del COVID-19”, OPS Paraguay, 11 de marzo de 2020, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.paho.org/par/index.php?option=com_content&view=article&id=2377:el-gobierno-paraguayo-toma-medidas-mas-drasticas-para-mitigar-circulacion-del-covid-20&Itemid=258.

[23] https://twitter.com/osvaldozayas/status/1239587370346917888.

[24] Banco Mundial, La naturaleza cambiante del trabajo (Washington: Banco Mundial, 2019), disponible en versión pdf: http://documents1.worldbank.org/curated/en/767331554985479543/pdf/Main-Report.pdf.

[25] Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC), Atlas de Género. Tasa de ocupación de la población de 15 años y más de edad, 2017, https://atlasgenero.dgeec.gov.py/detalle-indicador.php?id=55.

[26] https://www.clacso.org/creemos-necesaria-colocar-en-el-debate-publico-los-impactos-que-tiene-la-pandemia-en-las-desigualdades-de-genero-y-el-cuidado-en-nuestra-region/.

[27] https://atlasgenero.dgeec.gov.py/detalle-indicador.php?id=69.

[28] Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC), Altas de Género. Promedio de horas semanales dedicadas a actividades de cuidado a miembros del hogar, https://atlasgenero.dgeec.gov.py/detalle-indicador.php?id=77.

[29] Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC). Atlas de Género. Promedio de horas dedicadas al trabajo no remunerado con presencia de menores en el hogar, https://atlasgenero.dgeec.gov.py/detalle-indicador.php?id=80.

[30] “Clases presenciales en el 2021 no serán obligatorias por la pandemia del COVID-19”, La Nación, 28 de agosto de 2020, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.lanacion.com.py/pais/2020/08/28/clases-presenciales-en-el-2021-no-seran-obligatorias-por-la-pandemia-del-covid-19/.

[31] “Avanzan obras de nuevos pabellones de contingencia en Hospital de Itauguá”, La Nación, 29 de octubre de 2020, acceso el 29 de octubre de 2020, https://www.lanacion.com.py/pais/2020/10/29/avanzan-obras-de-nuevos-pabellones-de-contingencia-en-hospital-de-itaugua/.

[32] “Pacientes oncológicos desalojados de hospital: ‘El cáncer no se previene lavando las manos’”, Hoy, 26 de mayo de 2020, acceso el 29 de octubre de 2020, https://www.hoy.com.py/nacionales/pacientes-oncologicos-desalojados-de-hospital-el-cancer-no-se-previene-lavando-las-manos.

[33] “‘El cáncer no espera’ afirmó paciente que clamaba medicamentos a Salud Pública y finalmente falleció”, Hoy, 30 de octubre de 2020, acceso el 31 de octubre de 2020, https://www.hoy.com.py/nacionales/el-cancer-no-espera-afirmo-paciente-que-clamaba-medicamentos-a-salud-publica-y-finalmente-fallecio.

[34] “Más de cien pacientes oncológicos contrajeron covid-19 en Paraguay”, Agencia IP, 20 de octubre de 2020, acceso el 23 de octubre de 2020, https://www.ip.gov.py/ip/mas-de-cien-pacientes-oncologicos-contrajeron-covid-19-en-paraguay/.

[35] Apartado basado en la Carta enviada por la CMP a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, relatorías temáticas de la Organización de las Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Mujeres y el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará.

[36] “Paraguay: Comisión Interamericana de DD.HH. repudia la muerte de dos adolescentes en acción de las Fuerzas Armadas”, Nodal, Noticias de América Latina y el Caribe, 4 de septiembre de 2020, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.nodal.am/2020/09/paraguay-comision-interamericana-de-dd-hh-repudia-la-muerte-de-dos-adolescentes-en-accion-de-las-fuerzas-armadas/.

[37] “Fiscalía abre investigación por pintata y quema en el Panteón”, RDN, 5 de septiembre de 2020, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.rdn.com.py/2020/09/05/fiscalia-abre-investigacion-por-pintata-y-quema-en-el-panteon/.

[38] Ibíd.

[39] “Arresto domiciliario por el caso Panteón”, Última Hora, 2 de octubre de 2020, acceso el 20 de octubre de 2020, https://www.ultimahora.com/arresto-domiciliario-el-caso-panteon-n2907448.html.

[40] Causa N.º 5616/2020 “Paloma Chaparro y otras s/ S. H. P. Daños a cosas de interés común y otros, transgresión de la ley 716/96 Delitos contra el medio ambiente en vedas y cuarentenas”, ante la Unidad Penal N.º 1 Especializada en Seguridad y Convivencia entre las Personas y la Unidad Penal Ordinaria N.º 2 de la Sede N.º 1 Capital.

[41] “Abogado de investigada por protesta frente al Panteón critica accionar de la Fiscalía: ‘Acá están inventando hechos’”, Ñanduti Diario Digital, 19 de septiembre de 2020, acceso el 20 de octubre de 2020, http://www.nanduti.com.py/2020/09/19/abogado-investigada-protesta-frente-al-panteon-critica-accionar-la-fiscalia-aca-estan-inventando-hechos/.

[42] Ministerio Público, acta de imputación de Elizabeth Escobar Flores, del 6 de septiembre de 2020, firmada por el fiscal Rodolfo Fabián Centurión Ortiz, página 21, expediente “Elizabeth Escobar Flores s/ ley 716 que sanciona delitos contra el ambiente”. Énfasis propio.

[43] Declaraciones del fiscal Rodolfo Centurión a GEN. “Habla el Fiscal Fabián Centurión…” [Tweet], GEN [@SomosGEN], 15 de septiembre de 2020, https://twitter.com/somosgen/status/1305898625915027456?s=12.

[44] “The Guardian se hace eco de la boda de Sol Cartes”, Última Hora, 24 de agosto de 2020, acceso el 23 de octubre de 2020, https://www.ultimahora.com/the-guardian-se-hace-eco-la-boda-sol-cartes-n2901557.html.

[45] “Senadora Lilian Samaniego confirma que dio positivo al test de Covid-19”, Última Hora, 15 de septiembre de 2020, acceso el 22 de octubre de 2020, https://www.ultimahora.com/senadora-lilian-samaniego-confirma-que-dio-positivo-al-test-covid-19-n2904932.html.

[46] El Informe Chokokue registra 115 casos de ejecuciones y desapariciones de dirigentes en el marco de la lucha por la tierra en Paraguay en el periodo 1989-2013. Disponible en línea: http://codehupy.org.py/informe-chokokue-1989-2013/.

[47] María Mercedes Gómez acuñó la expresión “violencia por prejuicio” para hacer alusión a la violencia ejercida contra ciertos grupos (mujeres, LGTB, etc.), que tiene el fin simbólico de “disciplinamiento”. María Mercedes Gómez, “Violencia por prejuicio”, en Cristina Motta y Macarena Sáez (editoras), La mirada de los jueces. Sexualidades diversas en la jurisprudencia latinoamericana (Bogotá: Red Alas, 2008), 90-180.

[48] Durante el EPU, en el año 2016, Paraguay fue observado por los siguientes países: Honduras (párrafo 102.128); Brasil (párrafo 102.126); Italia (párrafo 102.119); Noruega (párrafo 102.129); Suecia (párrafo 102.130); Holanda (párrafo 102.132); Suiza (párrafo 102.134); Costa Rica (párrafo 102.131), documento A/HRC/32/9. Todas estas recomendaciones fueron aceptadas por el Paraguay.

[49] Comité de Derechos Humanos, Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico del Paraguay (CCPR/C/PRY/CO/4, 20 de agosto de 2019, párrafo 36), http://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhshYSuxMUifRIy90VnAxQecG9EuM0JvWdLe1bOa14yog%2FUIyAGjaWvPGz56ksqhR5Lzr1LU1V39HaV1jkslulQJS9bBhZVmk4lcrxpo%2BWw1Bw.

[50] Ídem, párrafo 37.

[51] Comité CEDAW, Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico del Paraguay (CEDAW/C/PRY/CO/7, 22 de noviembre de 2018, párrafo 28), https://acnudh.org/load/2018/03/N1739459.pdf.

[52] “Analizan denuncia de comunidad indígena qom”, Conaderna, 12 de agosto de 2020, acceso el 22 de octubre de 2020, http://www.conaderna.gov.py/noticias/analizan-denuncia-de-comunidad-indgena-qom-1299.

[53] Ibíd.

[54] Comité CEDAW, Recomendaciones finales a Paraguay. Documento CEDAW/C/PRY/CO/7, 22 de noviembre de 2017.

[55] Ibíd., párrafos 9 a), 15 a), 23 b) y 35 c).

[56] Información suministrada por el Paraguay en relación con el seguimiento de las observaciones finales sobre su séptimo informe periódico. Documento CEDAW/C/PRY/FCO/7, 31 de marzo de 2020.

[57] El reporte de la relatora Lia Nadaraia se encuentra disponible en versión pdf (en idioma inglés), en este enlace: https://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CEDAW/Shared%20Documents/PRY/INT_CEDAW_FUL_PRY_42759_E.pdf.

[58] Cfr. Elba Núñez, “En busca del ejercicio y goce de los derechos humanos de las mujeres en Paraguay”, en Derechos Humanos en Paraguay 2019 (Asunción: Codehupy, 2019), 174-175.

Encuentro de lo público con lo privado